Constitución de empresas en España

Creación de una empresa en España

En las últimas décadas, España se ha convertido en un centro internacional de negocios y comercio y, gracias a su posición bien conectada, cada vez más empresas de todo el mundo se están expandiendo a la Península Ibérica. Por lo tanto, comenzar un nuevo negocio o abrir una sucursal en España podría ser algo a considerar para usted.

Este artículo establece los trámites previos necesarios para la creación de una empresa en España y, en general, los distintos pasos para la constitución. Las formalidades, sin embargo, pueden variar en función de la forma jurídica elegida, lo que requerirá considerar varios aspectos como el número de socios, el capital y la responsabilidad frente a terceros.

¿Qué necesitas saber antes de iniciar un negocio en España?

El proceso de creación de una empresa en España puede ser complejo si no eres consciente de todas las obligaciones y pasos a seguir. Para ayudarte a empezar, intentaremos cubrir todo lo que necesitas saber sobre todos los aspectos legales clave para los inversores extranjeros interesados en incorporar un negocio en España.

Obtención de un número de identidad de extranjeros (NIE) para directores y socios extranjeros

Los ciudadanos de países de la UE que quieran ser consejeros o socios de una empresa española deberán disponer de un número de identidad de extranjero (NIE), que podrá solicitar bien mediante cita previa en el Consulado español en el país de residencia del interesado, bien en España, de forma presencial o a través de un representante con poderes notariales.

El NIE no concede el derecho a la residencia en España ni implica la residencia fiscal.

Los ciudadanos de fuera de la UE tienen que cumplir con requisitos adicionales.

Obtención de un número de identificación fiscal español (NIF) para las empresas que deseen crear una filial en España

Para crear una filial en España, la empresa matriz que poseerá una participación en la nueva empresa tiene que obtener primero un número de identificación fiscal español (NIF).

A tales efectos, la sociedad matriz deberá facilitar a la Administración tributaria española la siguiente documentación:

  1. Un poder otorgado a un tercero para que este último pueda solicitar el NIF. Ese poder se puede firmar tanto en España como en el extranjero.
  2. El certificado de buena reputación de la empresa obtenido en el Registro Mercantil que debe indicar su órgano de gobierno, razón social, fecha de constitución y domicilio social.
  3. Los estatutos de la empresa. Sin embargo, si la empresa es administrada por un administrador único o director gerente, este documento no es obligatorio.

Todos esos documentos deben ser traducidos y apostillados.

Una vez que se cumplen los trámites previos a la constitución de una sociedad, la sociedad puede ser constituida. Los 7 pasos requeridos se detallan a continuación.

Asimismo, en función de la actividad de la empresa y de la región del domicilio social, es posible que se requieran algunos trámites adicionales.

7 pasos necesarios para crear una empresa en España

  1. Obtención del certificado de liquidación de la razón social. Desde el punto de vista legal, el primer paso a la hora de constituir una empresa en España es consultar el Registro Mercantil Central para ver si la razón social elegida está disponible. Nuestra recomendación es proporcionar 5 nombres corporativos en orden de preferencia al presentar la solicitud. El Registro otorgará una de las denominaciones sociales solicitadas, salvo que ninguna de ellas sea suficientemente diferente a las denominaciones sociales ya inscritas en España.
  2. Capital y forma jurídica. El capital de la empresa dependerá de la forma jurídica elegida. Por ejemplo, el capital mínimo requerido para constituir una sociedad limitada (S.L. o sociedad limitada) es de 3.000 €, y de 60.000 € para una sociedad anónima.
  3. Abrir una cuenta bancaria. Una vez reservada la razón social, es necesario abrir una cuenta bancaria a nombre de la sociedad constituida y depositar la suma de dinero correspondiente a la forma jurídica elegida para obtener un certificado bancario en el que conste el capital depositado. No obstante, el certificado no tiene por qué incluirse en la escritura de constitución de la sociedad (exigida por la ley hasta ese momento), siempre que este requisito se sustituya por una declaración expresa de los socios fundadores de que serán solidariamente responsables de las aportaciones reales frente a la propia sociedad y frente a sus acreedores.
  4. Redacción de los estatutos. Los estatutos deben redactarse teniendo en cuenta las necesidades y preocupaciones de los socios. Los estatutos deben incluir, entre otras cosas, el domicilio social de la sociedad, el órgano de gobierno, el objeto social y la remuneración del órgano de gobierno. Nuestra recomendación es evitar el uso de los formularios estándar.
  5. Designar a los directores. Dependiendo de la estructura administrativa de la empresa, se puede elegir un administrador único, varios directores que actúen de manera conjunta o conjunta, o un consejo de administración. Los inversores extranjeros también deberán designar un representante residente en España.
  6. Firma de la escritura de constitución ante notario. Los documentos de constitución de la sociedad deberán ser firmados ante notario por todos los socios, tanto españoles como extranjeros (o, en su caso, sus representantes). Una vez recibida la escritura de constitución firmada ante notario, se puede obtener el número de identificación fiscal provisional (NIF). Si uno de los socios es una persona jurídica extranjera, se debe proporcionar prueba de su existencia.
  7. Presentación en el Registro Mercantil y obtención del número de identificación fiscal definitivo (NIF). Una vez obtenido el número de identificación fiscal provisional, la empresa debe presentarse en el Registro Mercantil y posteriormente se puede solicitar el número de identificación fiscal definitivo.

Impuestos a tener en cuenta a la hora de iniciar un negocio en España

Desde el punto de vista fiscal, España tiene un sistema fiscal favorable para las inversiones, por ejemplo:

  1. Exención de dividendos y plusvalías para extranjeros.
  2. Sistemas especiales para ETVE (sociedades titulares de valores extranjeros).
  3. Beneficios para la investigación y el desarrollo.
  4. Dependiendo del caso, un buen tratamiento fiscal para las personas físicas.
  5. Tratados de doble imposición con numerosos países y, en particular, con prácticamente todos los países sudamericanos.
  6. La pertenencia de España a la UE no solo unifica la normativa de los 27 Estados miembros, sino que también evita la doble imposición en todos los países asociados.

Para obtener más información, consulte aquí

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